La Resolución 19/2021 actualiza los topes de ventas totales anuales para ser considerado Micro, Pequeña o Mediana Empresa, con vigencia desde el 1° de abril del corriente.
La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores modificó la Resolución N° 220/19 de la ex SEyPyME para realizar las adecuaciones pertinentes para incluir el Legajo Único Económico y Financiero dentro del Registro de empresas MiPyMEs y efectuar la actualización anual de los valores establecidos en el Anexo IV.
Límites de categorización pymes según ventas totales anuales:
Los nuevos valores comenzarán a regir a partir del 01/04/21.
¿Qué es el certificado MiPyME?
Es un documento que vas a obtener una vez que finalices la inscripción al registro. Además de acreditar tu condición como PyME ante la AFIP, el Ministerio de Producción y terceros organismos e instituciones, te permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia para tu empresa.
Beneficios para PyMEs registradas
Alicuota reducida para contribuciones patronales
IVA: pago a 90 días y certificado de no retención
Compensación del impuesto al cheque en el pago de Ganancias
Controladores Fiscales: créditos para microempresas
Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Reducción de retenciones para micro empresas de comercio
Planes de Pago y Embargos
Hasta 45 días para cancelar tus deudas y evitar una intimación
Beneficio para empleadores de los Sectores Textil, de Confección, de Calzado y de Marroquinería
Financiación especial para microempresas
Beneficio para capital emprendedor
Factura de Crédito Electrónica
Desgravación de exportaciones hasta U$S 50 millones
Medidas cautelares
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